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El teletrabajo (sin desconexión) quema a las plantillas (12/06/20)

Fecha de actualización: Viernes 12 de junio de 2020

Después de tres meses de ensayo general, el trabajo a distancia ha llegado para quedarse. Sin embargo, lo que también se ha visto en este periodo, que se puede considerar de prueba, es que las reglas de juego del teletrabajo no están definidas ni se ajustan a la regulación de la jornada laboral.

Una vez pase la crisis sanitaria, los expertos apuntan a que es necesario revisar el artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores, que regula el trabajo en remoto cuando se realiza de manera preponderante en el domicilio del trabajador o en el lugar libremente elegido por este. Además, se especifica que el acuerdo se deberá formalizar por escrito y que los trabajadores sujetos a esta modalidad tendrán los mismos derechos que los que prestan sus servicios en el centro de trabajo.

El siguiente artículo nos explica cómo, dentro de este marco regulador, se deberán recoger algunos elementos decisivos como la desconexión digital, el uso de los códigos telemáticos, el control de la jornada laboral, los descansos, la conciliación y la prevención de riesgos laborales, incluido el estrés o las alteraciones psicosociales.

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Fuente:

El País - CincoDías
Autor: Paz Álvarez
Última visita: 12/06/20

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