Fecha de actualización: Lunes 17 de julio de 2023
El pasado 29 de junio se publicaron en el BOE las modificaciones sobre las medidas de conciliación. El RDL 5/2023 introdujo nuevos permisos y medidas de conciliación de la vida laboral y familiar. La norma supone la transposición al ordenamiento español de la Directiva (UE) 2019/1158, relativa la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, siendo unas medidas de gran interés. Por ello, los expertos de Lefebvre, compañía de software y contenido jurídico líder en España, analizan las principales novedades relativas a la nueva ley:
Adaptación de la duración y distribución de jornada (ET art.34.8). Se aplicarán en nuevos supuestos:
Hijos mayores de 12 años.
Cónyuge o pareja de hecho.
Familiar por consanguinidad hasta el segundo grado.
Otras personas dependientes que convivan en el mismo domicilio y no puedan valerse por sí mismos.
Nuevos permisos retribuidos (ET art.37):
15 días naturales por registro de pareja de hecho.
2 días por fallecimiento de pareja de hecho.
5 días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de:
Cónyuge y pareja de hecho.
Familiar consanguíneo de la pareja de hecho.
Cualquier persona que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella.
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Última visita: 17/07/2023