Fecha de actualización: Miércoles 23 de enero de 2019
La consideración de accidente laboral es fuente de conflictos en los tribunales a la hora de delimitar en qué casos cabe entender que debe considerarse que el accidente sufrido por el trabajador debe o no ser considerado como tal, puesto que la normativa no es lo suficientemente clara al respecto.
En esta importante sentencia, el Tribunal Supremo ratifica la sentencia dictada en su día por el TSJ del País Vasco, en la que determina que sí constituye accidente laboral el sufrido por una empleada que, durante la pausa café (conocida como pausa para el bocadillo), sufrió una caída cuando salía del centro de trabajo (sent. del Tribunal Supremo de 13 de diciembre de 2018).
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