Fecha de actualización: Jueves 21 de mayo de 2020
La reincorporación al trabajo no está exenta de dudas, tanto para empresarios como autónomos y trabajadores, que se enfrentan a un nuevo escenario en el que el teletrabajo sigue siendo la opción preferente como forma más eficaz de reducir los riesgos. De hecho, se ha prorrogado a tres meses el plazo con el que cuentan las empresas, una vez concluido el estado de alarma, para seguir empleando esta vía.
No obstante, el teletrabajo es también voluntario: deben cumplirse los requisitos de prevención de riesgos laborales y debe, por supuesto, ser viable. Porque en esta fase 1 han abierto sus puertas negocios para los que esta modalidad no es posible. Tiendas de ropa, peluquerías, mercerías o bares no pueden evitar la actividad presencial.
¿Puede el jefe obligar al trabajador a volver a su puesto? ¿Qué pasa con las vacaciones no disfrutadas? Y si soy una empresa, ¿puedo hacer tests a mis empleados y clientes? ¿Qué esfuerzos de seguridad y salud debo adoptar en mi establecimiento?
Varios expertos dan respuesta a estas y otras cuestiones surgidas en estos días con respecto a los derechos y obligaciones a los que estamos sujetos de cara a las sucesivas fases de la desescalada y pensando también en un futuro fin del estado de alarma.
elPeriódico - byzness
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