Fecha de actualización: Viernes 24 de marzo de 2023
El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria condena al Instituto de la Seguridad Social y a la Mutua de una empresa a abonar las pensiones de viudedad y orfandad derivadas de contingencia profesional a una mujer y su hija por el suicido del padre. Aunque el hecho ocurrió fuera de la empresa, los magistrados consideran que estaba vinculado con su trabajo
La resolución explica que, aunque es cierto que la presunción de laboralidad de un accidente decae con un acto suicida (por la naturaleza voluntaria que tiene el acto de quitarse la vida), no es menos verdad que el suicidio se produce a veces por una situación de estrés o de trastorno mental que puede derivar tanto de factores relacionados con el trabajo, como de factores extraños al mismo.
Por tanto, lo relevante para fijar si un siniestro es común o profesional es la conexión entre el hecho que desencadena el óbito y el trabajo y en este caso la Sala estima que, aunque el suicidio tuviera lugar fuera del lugar y del tiempo de trabajo, si existió una relación de causalidad con el trabajo.
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Última visita: 24/03/2023