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¿Tu organización cuida de verdad a quien vuelve tras una baja de larga duración? (26/05/2025)

Fecha de actualización: Lunes 26 de mayo de 2025

Antes o después, todas las organizaciones se enfrentan a una situación habitual pero compleja: la reincorporación de una persona trabajadora tras una baja médica de larga duración. Ya sea por contingencias comunes (enfermedades generales) o por contingencias profesionales (accidentes laborales o enfermedades profesionales), este retorno no siempre es sencillo desde el punto de vista de la prevención de riesgos laborales.

El papel de la vigilancia de la salud

El primer paso imprescindible es solicitar un reconocimiento médico al servicio de prevención. Este examen no solo debe incluir las pruebas habituales del puesto, sino también tener en cuenta el historial médico completo de la persona durante su baja. Además, se recomienda realizar una entrevista para que la persona pueda explicar su situación actual y posibles limitaciones.

Es importante recordar que el alta médica no implica que la persona esté completamente recuperada. En muchos casos, el retorno se produce con ciertas limitaciones físicas o psicosociales, por lo que deben tomarse medidas de adaptación del puesto de trabajo para proteger la salud de la persona trabajadora y del resto del equipo.

Adaptaciones necesarias del puesto de trabajo

Si tras el reconocimiento médico se emite un informe de aptitud con limitaciones, la empresa deberá realizar las adaptaciones necesarias del puesto de trabajo, eliminando o modificando aquellas tareas que no pueda realizar. Esta medida debe comunicarse tanto a la persona reincorporada como a su equipo o responsable directo, quien será clave en la redistribución de tareas.

Cuando no sea posible adaptar el puesto, la empresa deberá reubicar a la persona trabajadora en otro puesto compatible con sus capacidades, formación y experiencia, siempre priorizando su bienestar.

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Fuente:

otp.es
Última visita: 26/05/2025

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