En cumplimiento de la legislación vigente, solicitamos su permiso para obtener datos estadísticos de su navegación en esta web.
Si continúa navegando consideramos que acepta el uso de cookies
¿acepta nuestra política de cookies?
Más información
| ACEPTO

Se actualiza el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión ¿Cómo afecta el REBT a tu empresa? (09/05/2025)

Fecha de actualización: Viernes 9 de mayo de 2025

¿Qué es el REBT y por qué se ha actualizado?

El REBT, regulado por el Real Decreto 842/2002, establece las condiciones técnicas y de seguridad que deben cumplir todas las instalaciones eléctricas de baja tensión en España. En 2025, este reglamento ha sido actualizado para:

  • Incorporar avances tecnológicos.
  • Reforzar la protección frente a incidentes eléctricos.
  • Promover la eficiencia energética y la digitalización.

Principales novedades del REBT 2025

???? Protección obligatoria contra sobretensiones Ahora, todas las nuevas instalaciones y reformas relevantes deben incluir dispositivos que protejan contra sobretensiones. Esta medida es clave para evitar daños en equipos e infraestructuras provocados por rayos, picos de tensión o fallos en la red eléctrica.

???? Medidas de seguridad reforzadas Se actualizan las exigencias técnicas para aumentar la protección contra contactos eléctricos directos e indirectos. También se han revisado las condiciones para instalaciones de autoconsumo (placas solares) y puntos de recarga para vehículos eléctricos.

???? Digitalización y eficiencia energética Se fomenta el uso de sistemas de monitorización inteligente y soluciones de gestión energética para optimizar el consumo eléctrico y anticiparse a fallos.

???? Documentación más exigente La nueva normativa exige mayor detalle en la documentación técnica, así como la obligatoriedad de realizar inspecciones y mantenimientos de forma periódica.

¿A quién afecta esta normativa?

La actualización afecta a:

  • Empresas que realicen nuevas instalaciones eléctricas.
  • Empresas que lleven a cabo reformas importantes, entendidas como aquellas que afectan a más del 50 % de la potencia instalada o suponen la creación de nuevos cuadros eléctricos o circuitos.
    ???? Las instalaciones ya existentes no están obligadas a adaptarse, salvo en los casos anteriores.

Ver artículo completo.

Fuente:

europreven.es
Última visita: 09/05/2025

Hazte cliente ahora y podrás acceder a toda nuestra base de datos

Noticias destacadas

MAPA WEB
¿Quieres información actualizada sobre prevención de riesgos?
SÍGUENOS EN NUESTRAS REDES SOCIALES
Facebook  Linkedin  Twitter  RSS