Fecha de actualización: Martes 2 de abril de 2024
A ello nos obliga Ley de Prevención de Riesgos Laborales en su artículo 20. Que indica la necesidad de que las empresas, han de analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios; lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores.
Pero ¿realmente llega al trabajador?, ¿sabe el trabajador qué hacer en caso de un accidente, ante una emergencia médica, un escape de gas, o un incendio? La realidad es que nos queda camino por hacer.
Ya es importante que exista el documento. Es el primer paso. Pero no nos podemos quedar ahí, no es suficiente.
Si no damos a conocer a los trabajadores las medidas de emergencia de forma efectiva, es papel mojado. Se necesita la implantación de las medidas de emergencia concretas en la empresa para que sea realmente efectivo.
PARA LA IMPLANTACIÓN, SE TENDRÁN EN CUENTA:
europreven.es
Última visita: 02/04/2024