En cumplimiento de la legislación vigente, solicitamos su permiso para obtener datos estadísticos de su navegación en esta web.
Si continúa navegando consideramos que acepta el uso de cookies
¿acepta nuestra política de cookies?
Más información
| ACEPTO

Prioridades de la Inspección de Trabajo para 2023. (25/01/2023)

Fecha de actualización: Miércoles 25 de enero de 2023

La prolija producción normativa actual en materia laboral obliga a las empresas a conocer no sólo la letra de la ley sino también lo que Carlos de la Torre, socio del área laboral de Gómez Acebo & Pombo, denomina “el derecho laboral subterráneo”, esto es, la letra pequeña que aplican los Juzgados de lo Social en la interpretación de la normativa y la Inspección de Trabajo en la traslación de ésta a su actividad de vigilancia in situ.

A este respecto se ha referido el experto durante la celebración del desayuno “Tendencias Laborales 2023”, organizado por el citado despacho, afirmando que “estamos asistiendo a un uso alternativo del derecho por parte de los tribunales” que genera zozobra en las empresas. Y otro tanto sucede con la actividad de los inspectores de Trabajo, que manejan información mucho más prolija que el listado de mínimos de los criterios técnicos de la Inspección Laboral publicados en su web.

En este escenario, de la Torre ha querido compartir con los asistentes las prioridades de actuación que tiene la Inspección de Trabajo para el año que acaba de comenzar:

En materia de registro de jornada: Las campañas de la ITSS están siendo muy intensas y solicitan los registros de los servidores y de los tornos, con la peculiaridad de que dichos registros no son taxativos como prueba respecto al cumplimiento de la jornada.
En materia de Seguridad Social: Destacan la multitud de actas levantadas en relación con la finalidad particular de los teléfonos corporativos cedidos a los empleados.
En materia de Prevención de Riesgos Laborales: Se recomienda la revisión de los poderes notariales para que ni los directivos ni los mandos tengan delegadas ningún tipo de responsabilidades en el ámbito preventivo, así como redactar la documentación preventiva con lentes penales, para tener claro qué actividades se delegan, cuáles se supervisan (supervisión pasiva) y quién asume qué.

Ver artículo completo.

Fuente:

observatoriorh.com
Última visita: 25/01/2023

Hazte cliente ahora y podrás acceder a toda nuestra base de datos

Noticias destacadas

MAPA WEB
¿Quieres información actualizada sobre prevención de riesgos?
SÍGUENOS EN NUESTRAS REDES SOCIALES
Facebook  Linkedin  Twitter  RSS