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Permiso parental: 8 semanas para conciliar la vida laboral y familiar. (10/04/2024)

Fecha de actualización: Miércoles 10 de abril de 2024

La conciliación del ámbito laboral y el familiar están a la orden del día y poco a poco se están tomando medidas que facilitan a los padres disponer de más tiempo para pasar con sus hijos. En ello consiste el nuevo permiso parental, detallado en el Artículo 48 bis del Estatuto de los Trabajadores, que da la posibilidad a todos los empleados que tengan hijos menores de 8 años de solicitar hasta 8 semanas anuales para el cuidado de los hijos. Se trata de un paso clave para el bienestar familiar: según el último estudio realizado por la Comisión Nacional para la Racionalización de los Horarios Españoles (ARHOE), 6 de cada 10 progenitores sienten que pasan menos tiempo del que deberían con sus hijos.

En relación a este permiso, Marcelo Dos Reis, CEO del Grupo SPEC, empresa líder en el desarrollo de soluciones de gestión horaria y acceso explica que “se trata de un hito muy importante, tanto para el bienestar de los trabajadores como, en consecuencia, para el bienestar y la productividad de la empresa”. Pese a que muchos pueden pensar que la gestión de estas semanas puede ser un problema para los departamentos de recursos humanos, la realidad es que “los beneficios de poder disfrutar de estas semanas también repercuten en la empresa que, mediante el uso de un software flexible que se ajuste a estas medidas, puede gestionar de forma fácil estas solicitudes”, aclara Dos Reis.

Pero, ¿cuándo y cómo se pueden solicitar estas semanas? La llegada de este permiso parental ha dado lugar a un mar de dudas entre muchos empleados y padres. Desde SPEC, aclaran algunas de las cuestiones con tal de facilitar a los progenitores la información necesaria, y a las empresas la futura gestión de estos periodos para padres:

  • ¿Es para todos los padres? Es para todos aquellos padres y madres cuyos hijos sean menores de 8 años. A partir de esa edad, termina la posibilidad de disponer de estas semanas...

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Fuente:

rrhhdigital.com
Última visita: 10/04/2024

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