Fecha de actualización: Jueves 4 de abril de 2024
La Directiva introduce ajustes en los valores límite permitidos para estas sustancias. Este cambio reduce los niveles aceptables de plomo en ambientes laborales y en la sangre de los trabajadores, además de establecer, por primera vez, límites específicos para la exposición a diisocianatos.
REDUCCIÓN EN LA EXPOSICIÓN AL PLOMO
Con la nueva directiva, el límite de exposición al plomo se ajusta a 0,03 mg/m3, un cambio drástico desde el anterior límite 0,15 mg/m3. El límite biológico para el plomo en sangre también ve una reducción considerable, pasando de 70 microgramos/100 ml a los 15 microgramos/100 ml, con una fase transitoria de 30microgramos/100 ml hasta 2028.
Las regulaciones son aún más estrictas para las trabajadoras en edad fértil, estableciendo un límite de 4,5 microgramos/100 ml.
LÍMITES PARA DIISOCIANATOS
La introducción de límites para la exposición a diisocianatos representa un avance significativo. Se ha fijado un valor límite de 6 microgramos por metro cúbico de aire, con una fase transitoria que permite hasta 10 µg/m³ hasta el 2028. Además, se contempla un límite para exposiciones breves, estableciendo 12 µg NCO/m³, que será de 20 µg/m³ durante la fase transitoria.
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Última visita: 04/04/2024