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Nueva sentencia Zerolo: es nulo el despido de un ayudante de cocina de baja por un corte accidental. (04/05/2023)

Fecha de actualización: Miércoles 3 de mayo de 2023

Llega una nueva sentencia que aplica la ley ’Zerolo’ en el seno de un conflicto laboral por despido. El juzgado de lo Social de Málaga ha condenado a una empresa a readmitir a un ayudante de cocina, despedido tan solo dos días después de producir baja laboral por un corte accidental en la mano. El juez ha calificado la sanción como un acto discriminatorio contra un trabajador enfermo, y en consecuencia declara su nulidad, por lo que ha condenado a la empresa a readmitirlo con los mismos derechos y a pagarle los salarios dejados de percibir durante la resolución del conflicto.

Como apunta Alejandro García, abogado del despacho Rojano Vera Abogados, y letrado que defendió el caso, se trata de una sentencia "relevante" al ser de las primeras que "resuelve la nulidad del despido de un trabajador por estar en situación de incapacidad temporal aplicando la ley Zerolo". El fallo, además, aplica la normativa en vigor desde julio de 2022 a sucesos anteriores a su entrada en vigor.

Discusión y despido
Como recogen los hechos de la resolución, la empresa justificó el despido alegando que el trabajador era muy problemático y que se quejaba con frecuencia de su carga de trabajo. Según la versión empresarial, el trabajador se cortó la mano al clavar el cuchillo en una tabla de trabajo en mitad de una discusión con su encargado, lo que le provocó el corte de los tendones. Suceso que derivó en una baja con previsión de recuperación de 183 días.

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Fuente:

noticias.juridicas.com
Última visita: 04/05/2023

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