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Novedades del Convenio sobre el trabajo decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticos. (05/04/2023)

Fecha de actualización: Miércoles 5 de abril de 2023

Con fecha 3 de abril de 2023 se ha publicado el instrumento de adhesión de España al Convenio sobre el trabajo decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticos, que se firmó en el año 2011 en la ciudad de Ginebra.

A continuación se resumen los principales aspectos de la norma.

Definiciones

El artículo 1 realiza una definición de algunas de los conceptos que se desarrollan a lo largo del Convenio. Destaca la consideración de trabajo doméstico, exclusivamente, a la ocupación que se realiza de forma habitual:

 La expresión «trabajo doméstico» designa el trabajo realizado en un hogar u hogares o para los mismos;

 Por «trabajador doméstico» se entiende toda persona, de género femenino o género masculino, que realiza un trabajo doméstico en el marco de una relación de trabajo.

 Por el contrario, una persona que realice trabajo doméstico únicamente de forma ocasional o esporádica, sin que este trabajo sea una ocupación profesional, no se considera trabajador doméstico.

Aplicación del convenio

El Convenio se aplica a todos los trabajadores domésticos, permitiéndose a los Estados miembros excluir, total o parcialmente, de su ámbito de aplicación, a categorías de trabajadores para las cuales esté previsto otro tipo de protección que sea por lo menos equivalente; y también a categorías limitadas de trabajadores respecto de las cuales se planteen problemas especiales de carácter sustantivo (art. 2).

Ver artículo completo.

Fuente:

noticias.juridicas.com
Última visita: 05/04/2023

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