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Niegan la incapacidad a una trabajadora de la ONCE con trastornos depresivos al considerar que trabajar le podría ayudar mentalmente. (05/09/2025)

Fecha de actualización: Viernes 5 de septiembre de 2025

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha negado la incapacidad permanente a una trabajadora de la ONCE, decisión previamente adoptada tanto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) como por un juzgado. El alto tribunal considera que sus dolencias no suponen una merma suficiente en su capacidad laboral y, además, destaca que no estaba dada de alta ni en situación asimilada en la Seguridad Social en la fecha clave.

La mujer, clasificada como dependiente en grado III, fue evaluada por el Equipo de Valoración de Incapacidades, que le diagnosticó un trastorno depresivo persistente, señalando que existían “posibilidades terapéuticas en curso a valorar según evolucione”. Durante su historial médico constan varias bajas por “trastornos persistentes del estado de ánimo”. En su recurso, la afectada afirma no poder desempeñar su labor habitual debido a un “evidente deterioro funcional”, concretado en una “alteración cognitiva, en la sintomatología depresiva y en la polifarmacia que debe ingerir”.

El trabajo no es incompatible

No obstante, la Sala de lo Social sostiene que, si bien reconoce que su estado “no es saludable”, no considera que padecer “un sentimiento generalizado de tristeza, apatía y falta de interés sea incompatible con un trabajo por cuenta ajena con el necesario rendimiento y eficacia exigibles”. De hecho, los magistrados valoran que “no vemos contraindicado el realizar una actividad de esta naturaleza con su actual estado -continúan los juzgadores, podría incluso ser beneficioso a nivel mental que ahora debatimos”.

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Fuente:

noticias.juridicas.com
Última visita: 05/09/2025

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