Fecha de actualización: Miércoles 30 de noviembre de 2022
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid condena a la empresa Ferrovial servicios S.A. a indemnizar con más de 15.000 euros a una trabajadora embarazada, por vulnerar su derecho a la integridad física, al no tramitar su baja laboral por riesgo en el embarazo, e incluirla en un ERTE en su lugar. La Sala considera que la actuación de la empresa ocasionó a la trabajadora una tensión emocional que pudo perjudicar su salud.
Era conocido por la empresa que la trabajadora estaba en situación de riesgo por embarazo, ya que se lo comunicó a su superior jerárquico adjuntando el informe que le hizo su médico de cabecera para tramitar la baja por embarazo. Pero la empresa no llegó a tramitar la solicitud de baja y obligó a la trabajadora primero a coger vacaciones, y después la afectó a un ERTE total.
Según consta en la sentencia, durante este período de incertidumbre, la trabajadora estuvo sometida a una situación conflictiva innecesaria, con vaivenes y respuestas evasivas sobre cuál iba a ser la resolución de su situación, además de impedir que percibiera la prestación correspondiente, sin que se haya justificado la necesidad de incluirla en ERTE total, cuando había salido de un ERTE parcial, lo que para la Sala únicamente puede entenderse que respondió a la situación de embarazo, siendo discriminada precisamente por ello.
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Última visita: 30/11/22