Fecha de actualización: Viernes 29 de septiembre de 2023
El acoso laboral es una preocupación creciente que muchas empresas en España aún no abordan de manera efectiva. Aunque la ley obliga a todas las empresas a tener un Plan de Acoso, la realidad muestra que muchas compañías aún no cumplen con este requisito o, si lo hacen, su implementación y actualización son deficientes.
Obligación legal de tener un plan de acoso
Según la legislación española, todas las empresas, independientemente del número de empleados, deben tener un Plan de Acoso que incluya medidas para prevenir y abordar el acoso sexual y el acoso por razón de sexo. Este plan no es obligatorio registrarlo, pero se recomienda hacerlo.
Plan de Igualdad en empresas con 50 o más trabajadores
Para empresas con 50 empleados o más, las medidas de prevención de acoso se incorporan en un Plan de Igualdad más amplio, el cual sí es obligatorio registrar en el REGCON.
Actualización conforme a la Ley 15/2022 de igualdad de trabajo y no discriminación
La reciente Ley 15/2022 de igualdad de trabajo y no discriminación obliga a las empresas a revisar y actualizar sus planes actuales para adaptarse a nuevas definiciones y obligaciones, incluida una indemnización por daño moral en casos de discriminación.
Concretamente, se establece expresamente que “serán igualmente responsables del daño las empresas cuando la discriminación, incluyendo el acoso, se produzca en su ámbito de organización o dirección y la empresa no haya cumplido sus obligaciones”.
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Última visita: 29/09/2023