Fecha de actualización: Martes 30 de abril de 2024
El Tribunal Supremo ha confirmado que el suicidio de un trabajador de una cadena de supermercados en abril de 2021 en Cantabria fue un accidente laboral. Así se desprende de un auto de la Sala de lo Social, que ha rechazado admitir a trámite el recurso interpuesto por la empresa contra una sentencia previa del Tribunal Superior de Justicia de esta comunidad autónoma, que consideró el suicidio accidente laboral e impuso a la mutua el pago de una indemnización y de las pensiones de viudedad y orfandad a la esposa e hija de 16 años del fallecido.
En esa resolución, dictada hace algo más de un año y que adquiere ahora firmeza, se estimaba el recurso de la viuda contra el fallo del Juzgado número 3 de Santander, que en verano de 2022 concluyó que el suicidio no estaba ligado a los problemas que sufría el hombre en el trabajo sino a problemas conyugales y a la enfermedad de su padre. La Inspección de Trabajo sí había hallado nexo causal entre el trabajo y el suicidio, y apuntaba la falta de evaluación de riesgos psicosociales y de adopción de medidas preventivas para eliminarlos o reducirlos por parte de la empresa.
Ese fue uno de los fundamentos por los que el tribunal superior cántabro revocó la conclusión del juzgado de primera instancia, al entender que los problemas “de índole laboral” tenían una “clara conexión temporal” con el suicidio. Estos, según recogió el fallo, se habían iniciado “apenas tres meses antes del fatal desenlace” y estaban “muy presentes los días previos a la toma de la decisión de quitarse la vida”, que tuvo lugar “tres días antes” de reincorporarse a su puesto.
elpais.com
Última visita: 30/04/2024