Fecha de actualización: Miércoles 22 de enero de 2025
¿Qué dice la sentencia sobre la empresa condenada por espiar a su trabajador?
El tribunal dictaminó que esta acción violaba el derecho fundamental a la intimidad del trabajador, consagrado en la Constitución Española. Una empresas tiene la facultad de comprobar la veracidad de una baja laboral mediante inspecciones médicas. Pero el uso de detectives privados para vigilar a los empleados representa una intromisión desproporcionada en la vida privada. En este caso, el tribunal consideró que la empresa no presentó indicios suficientes para justificar la vigilancia. Por tanto, la medida habría sido innecesaria y excesiva.
La empresa le había suspendido de empleo y sueldo durante 60 días después de averiguar que había estado jugando al golf y viajando a su segunda residencia mientras estaba de baja. La decisión se tomó basándose en un informe elaborado por una agencia de detectives. En su defensa, el trabajador presentó un recurso alegando la ilegalidad de las pruebas recogidas por los detectives. El recurso fue atendido favorablemente por el Juzgado de lo Social, que no solo anuló la sanción, sino que también condenó a la empresa a indemnizar al trabajador con 15.000 euros.
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Última visita: 22/01/2025