Fecha de actualización: Sábado 28 de julio de 2018
La ministra ha presentado el Plan Director por un Trabajo Digno aprobado en Consejo de Ministros para luchar contra la precariedad, mejorar la calidad del empleo y recuperar los derechos laborales. 30 millones más de presupuesto y un refuerzo del 23% de la plantilla.
Por su interés, se adjunta enlace a al Plan Director publicado hoy sábado, 28 de julio.
Entre otras medidas que afectan al ámbito de la Prevención incluidas en el Plan Director, destacamos las siguientes:
1. Se hace especial hincapié en los trabajadores temporales. En la Exposición de Motivos se indica que “no pueden llegar a ejercer tampoco los derechos en materia de prevención de riesgos laborales (artículo 4.2.d) del Estatuto de los Trabajadores), la información sobre sus riesgos laborales es meramente formal y rutinaria, no reciben formación específica adecuada al puesto de trabajo, ni siquiera se les llega a ofrecer la vigilancia de la salud. Esa es la realidad de muchas personas que han quedado atrapadas por el encadenamiento de cortos contratos temporales en la misma o distinta empresa, una realidad que los pone en situación de riesgo de contraer enfermedades profesionales o sufrir accidentes de trabajo superior que a los trabajadores con contrato indefinido".
2. Creación de campañas específicas, con perspectiva de género, dirigidas a los sectores y Comunidades Autónomas en los que se dan en mayor medida la realización de horas extraordinarias ilegales por superar la cifra máxima permitida de 80 al año, la realización de horas extraordinarias que no son abonadas ni compensadas con descanso, sean o no legales, y las situaciones relacionadas con la organización del trabajo y el establecimiento de altos ritmos, para actuar tanto sobre los aspectos puramente laborales como los relacionados con la incidencia que tales factores tienen en la prevención de riesgos laborales.
3. Realización de cursos de formación específicos, que incluyan la perspectiva de género, sobre «Trabajo a Tiempo Parcial» para llevar a cabo una actuación retrospectiva y de regularización a futuro, así como cursos de especialización de Inspectores/as de trabajo sobre actuaciones en relación con riesgos psicosociales y ergonómicos.
4. Creación de la Unidad de Lucha contra la Discriminación que, entre otras funciones, atenderá especialmente la protección de la maternidad en el ámbito laboral, particularmente de las trabajadoras jóvenes, mediante medidas tendentes a garantizar el ejercicio de sus derechos en dichas situaciones, contenidos en el artículo 26 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y en su caso, para el inicio de procedimientos sancionadores o de procedimientos de oficio ante la Jurisdicción Social.
5. Se incrementará, previo acuerdo con las Comunidades Autónomas, el número de actuaciones a realizar, relativas a la verificación del cumplimiento, por parte de las empresas, de la obligación de arbitrar un procedimiento específico para la prevención del acoso y la tramitación de denuncias y reclamaciones.
6. Mayor control de las condiciones de trabajo y en la integración de la prevención de riesgos laborales en las empresas y en el papel fundamental desempeñado por los Servicios de Prevención Ajenos.
7. Refuerzo de la cooperación internacional con los países de nuestro entorno. Con este fin, se alcanzarán acuerdos con aquellos países con los que existe un mayor flujo de empresas y personas trabajadoras, señaladamente con Portugal y con Francia.
Boletín Oficial del Estado
Última visita: 28/07/18