Fecha de actualización: Lunes 10 de abril de 2023
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en sentencia de 380/2022, ha declarado la responsabilidad de una empresa por la muerte de su trabajador, al inhalar los gases que desprendió la pintura que utilizó para pintar un cuarto de baño.
Como recoge el fallo, el material utilizado estaba clasificado como de especial toxicidad por inhalación y por ser irritante, pudiendo provocar daños en el sistema nervioso central tras exposiciones prolongadas y no está recomendada para ningún otro uso o sector industrial, profesional o de consumo distinto al de pintar las rayas de los pasos de cebra, aconsejándose su utilización solo en exteriores o en un lugar bien ventilado.
Su correcta utilización exige extremar las medidas preventivas y en última instancia llevar EPI específico. El trabajador accidentado no contaba con mascarillas de protección frente a aerosoles y gases.
El Juzgado de lo Social condenó a la empresa a indemnizar a la familia por el fallecimiento del trabajador con más de 300.000€ por incumplimiento de sus deberes empresariales en materia de riesgos laborales. Además de por la utilización de una pintura indicada exclusivamente para uso en exteriores, y por la falta de adopción de medidas adecuadas en relación con el producto empleado, la ventilación y empleo de equipos de protección individuales de las vías respiratorias y, por la falta de formación e información adecuadas de la utilización de productos químicos, los riesgos que implica y las medidas preventivas a adoptar.
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Última visita: 10/04/2023