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23/02/2016. Condenan a dos mutuas por pasar por enfermedad común un accidente de trabajo

Fecha de actualización: Martes 23 de febrero de 2016

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha condenado a Asepeyo y Muprespa a pagar una indemnización de 10.000 euros a una paciente por el diagnóstico tardío de cervicalgia y ya que supuso una "defectuosa atención sanitaria".

Se ha tramitado a través de los servicios jurídicos de la asociación ’El Defensor del Paciente’, e indica que contra el fallo no cabe recurso ordinario alguno.

La mujer de 50 años de edad, en diciembre de 2010 acudió a su mutua tras sufrir una caída cuando estaba en su puesto de trabajo, dedicado a la limpieza. Alegaba que se había producido lesiones en cuello, espalda y brazos.

En un primer diagnóstico todo apuntaba a una patología degenerativa, derivando a la paciente a la Seguridad Social.

La paciente acudió a una clínica privada donde se le realizó otra resonancia magnética detectando hernia discal cervical por la cual tuvo que ser intervenida quirúrgicamente en el mes de noviembre de 2011.

La asociación ’El Defensor del Paciente’ indicó que la mujer se encuentra ahora "incapacitada permanentemente" con secuelas también psicológicas.

El fallo indica "pérdida de posibilidades de curación que el paciente sufrió como consecuencia de ese diagnóstico tardío de su enfermedad".

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