Fecha de actualización: Martes 20 de diciembre de 2016
La Inspección de Trabajo ha intensificado el control sobre las horas extra y el registro de jornada en las empresas. Las infracciones suponen multas que van de 60 a 187.515 euros.
En el último año se han producido tres sentencias de la Audiencia Nacional que indican que las empresas están obligadas a registrar la jornada diaria de sus trabajadores siempre, aunque no se realicen horas extraordinarias. La justificación del tribunal es que dicho registro diario es un requisito imprescindible para controlar los excesos de jornada.
Como consecuencia de ello, la Inspección de Trabajo ha intensificado el control del cumplimiento de la normativa del tiempo de trabajo. Las empresas se enfrentan a sanciones por infracciones que van desde los 60 a los 187.515 euros, según la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social.
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Consultado el: 20/12/2016