El Tribunal de Justicia de la Unión Europea y nuestro derecho laboral
Fecha de actualización: Jueves 15 de diciembre de 2016
En los últimos meses, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se ha pronunciado sobre cuestiones que han repercutido de forma muy directa en nuestro derecho laboral.
El último pronunciamiento ha sido el 1 de diciembre, en el asunto Daouidi, (C-395/2015), pronunciándose sobre el despido de un empleado mientras se encontraba de baja médica por un accidente de trabajo. Sin embargo, ¿es realmente un pronunciamiento novedoso?
El núcleo del fallo parece introducir una cuña fundamental en la forma de gestionar las relaciones laborales en las empresas, ya que llevaría a concluir que un juez nacional puede determinar que el despido de un empleado que se encuentra de baja por incapacidad de larga duración, es discriminatorio, lo que tiene como corolario que pueda calificarse como nulo, dando lugar a su readmisión.
El fallo señalado, por tanto, modificaría la sólida jurisprudencia del Tribunal Supremo, quien se pronunció sobre esta cuestión por vez primera en la sentencia de 29 de enero de 2001, concluyendo que el despido de un trabajador en situación de Incapacidad Temporal no es nulo, sino improcedente. Desde entonces, ésta ha sido la tesis mantenida por el Alto Tribunal en los pronunciamientos posteriores, constituyendo doctrina jurisprudencial pacífica.
Expansión
Autor: Iñigo Sagardoy
Disponible en:
http://www.expansion.com/blogs/sagardoy/2016/12/14/nada-nuevo-bajo-el-sol-de-la-union.html
Consultado el: 15/12/2016