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12/02/2016. La justicia avala el derecho del padre a solicitar el permiso de lactancia aunque la madre esté desempleada.

Fecha de actualización: Viernes 12 de febrero de 2016

La igualdad real entre hombres y mujeres sigue siendo un camino de obstáculos, pero no solo para las féminas cuando los hombres intentan asumir labores que todavía muchos siguen considerando exclusivas de las chicas. Es el caso del funcionario tinerfeño del Instituto Canario de Estadística (Istac), Domingo Jesús Lorenzo Díaz, al que la Justicia ha reconocido recientemente el derecho a disfrutar del permiso de lactancia, compartido con su pareja, que actualmente está desempleada.

Es precisamente este supuesto uno de los que no contempla la norma que regula los permisos de los empleados públicos de la Administración canaria, una norma de 2009 que no ha sido actualizada desde entonces. Según explica al DIARIO Domingo Jesús Lorenzo, la normativa canaria “reproduce con una interpretación restrictiva el artículo 48.1 f del Estatuto Básico del Empleado Público, que establece un permiso retribuido de una hora diaria hasta que el hijo tenga 12 meses o bien 28 días acumulados. Dicho permiso solo puede disfrutarlo la madre trabajadora y el padre, “siempre y cuando la madre trabajadora se lo ceda, por lo que si la madre no trabaja el padre no puede disfrutar del permiso”.

Con todos estos antecedentes, y numerosos casos similares resueltos a favor del progenitor en otras comunidades autónomas, Domingo inició una ardua batalla legal que suma ya cinco años. En febrero de 2011 se solicitó por primera vez el poder disfrutar del permiso de lactancia por su primer hijo, y a pesar de existir jurisprudencia Función Pública de Canarias se lo denegó, argumentando que la madre del niño no trabajaba.
Pese a esta primera respuesta negativa, en junio de 2014 volvió a solicitar el mismo permiso de lactancia por su segunda hija, obteniendo el mismo resultado.Entre 2011 y 2014 se produjeron muchas sentencias en otras comunidades autónomas a favor del disfrute de este permiso por parte del padre aunque la madre no trabaje (algo muy habitual en los últimos años en nuestro país por la crisis y el aumento de la tasa de desempleados).
La propia Administración General del Estado lo aplica desde 2013, cuando emitieron una circular al respecto y le dieron la razón tras solicitarles que valoraran mi caso, recalca Domingo Jesús Lorenzo, quien recuerda que el mismo Estado “instó a la Función Pública autonómica a que modificase su normativa, y el Instituto Canario de Igualdad emitió un informe favorable a su petición.
El funcionario tinerfeño decidió presentó un recurso ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, que en junio de 2015 dictó sentencia a favor suya, una resolución que inexplicablemente Función Pública recurrió al Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC). No en vano, y dados los argumentos que esgrime desde hace años este técnico del Istac, la Administración regional le ha concedido recientemente el permiso solicitado tras el nacimiento de su tercera hija, reconociendo “que existe mucha jurisprudencia que lo avala y que la norma de permisos que aplica está obsoleta”.

De igual modo, y a la espera de lo que resuelva el TSJC, Función Pública no solo ha concedido la lactancia a Domingo, sino que posiblemente tendrá que indemnizarle por no haberle dado este permiso por su segunda hija.

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