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06/09/2016. La necesidad de prestar juramento o promesa por parte del perito en el dictamen, su omisión y consecuencias de dicha omisión

Fecha de actualización: Martes 6 de septiembre de 2016

Establece el artículo 335 de la Ley Enjuiciamiento Civil (Objeto y finalidad del dictamen de peritos. Juramento o promesa de actuar con objetividad) que:

1. Cuando sean necesarios conocimientos científicos, artísticos, técnicos o prácticos para valorar hechos o circunstancias relevantes en el asunto o adquirir certeza sobre ellos, las partes podrán aportar al proceso el dictamen de peritos que posean los conocimientos correspondientes o solicitar, en los casos previstos en esta ley, que se emita dictamen por perito designado por el tribunal.

2. Al emitir el dictamen, todo perito deberá manifestar, bajo juramento o promesa de decir verdad, que ha actuado y, en su caso, actuará con la mayor objetividad posible, tomando en consideración tanto lo que pueda favorecer como lo que sea susceptible de causar perjuicio a cualquiera de las partes, y que conoce las sanciones penales en las que podría incurrir si incumpliere su deber como perito. (el destacado es nuestro).

3. Salvo acuerdo en contrario de las partes, no se podrá solicitar dictamen a un perito que hubiera intervenido en una mediación o arbitraje relacionados con el mismo asunto.

Conforme a lo expresado cabría preguntarse ¿cuál es la finalidad perseguida por el número 2 de dicho precepto? Ya que resulta innegable el valor de la prueba pericial en el ámbito del cualquier proceso, es evidente que el fin de dicha exigencia es tratar de alcanzar la objetividad e imparcialidad del perito, sobre todo, tras la doble vía de designación introducida por la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil (nombramiento por la parte y designación judicial).

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Fuente:

noticias jurídicas.com
Enlace completo:
http://noticias.juridicas.com/conocimiento/articulos-doctrinales/11281-la-necesidad-de-prestar-juramento-o-promesa-por-parte-del-perito-en-el-dictamen-su-omision-y-consecuencias-de-dicha-omision/
Autor:
Héctor Taifeller de Haya. Taifeller - Morcillo abogados
Última visita:
06/09/2016

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