Fecha de actualización: Miércoles 27 de enero de 2021
Tal y como marca la legislación vigente, “Cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades trabajadores de dos o más empresas, éstas deberán cooperar en la aplicación de la normativa de prevención de riesgos laborales”, “Las empresas deberán informarse recíprocamente sobre los riesgos específicos de las actividades que desarrollen en el centro de trabajo que puedan afectar a los trabajadores de las otras empresas concurrentes en el centro, en particular sobre aquellos que puedan verse agravados o modificados por circunstancias derivadas de la concurrencia de actividades” (Art. 4 R.D. 171/2004).
Pues para la realización de esta coordinación de actividades empresariales, en la actualidad se utilizan plataformas digitales. Hay muchas y muy distintas, y aunque su finalidad es la misma, en muchas ocasiones generan bastantes problemas a las empresas para subir la documentación solicitada por la empresa titular del centro de trabajo donde se van a realizar los trabajos.
Estas plataformas digitales bien diseñadas y utilizadas, son una gran herramienta para agilizar la Coordinación de Actividades Empresariales, ya que de un vistazo se puede comprobar que todas y cada una de las empresas que concurren en un mismo centro de trabajo han realizado y cumplen con la normativa de Prevención de Riesgos Laborales. Pero no siempre están bien diseñadas y utilizadas, como veremos a continuación.
Fuente: europreven.es
Última visita: 27/01/2021